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La Montaña y Nuestros Sueños por Manuel Suarez

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MEDIO NATURAL Y DISCAPACIDAD
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MANUEL SUAREZ

"EL GUIA DE MONTAÑA NO ES UN SEGURO DE VIDA. EL CLIENTE COMPARTE ESTA PASION, PERO TAMBIEN UN RIESGO IMPLICITO INHERENTE A ESTA PROFESION. LA SEGURIDAD COMPLETA EN LA MONTAÑA NO ES POSIBLE GARANTIZARLA, EXISTEN PELIGROS OBJETIVOS QUE ESTÁN FUERA DE NUESTRA CAPACIDAD DE CONTROL; SIN EMBARGO, COMO GUÍA PROFESIONAL, TE OFREZCO LA GARANTÍA DE MI EXPERIENCIA Y CONOCIMIENTOS PARA AYUDARTE   A CUMPLIR TUS RETOS. 

 

·               Todas las actividades se realizan dentro del Club de Montaña Medio Natural & Discapacidad (Nº FEDME 02.22.057).

·                Los gastos de alimentación, alojamiento y transporte del guía corren de cuenta del cliente.

·                La reserva se considera firme cuando se haya realizado el ingreso de reserva.

·                El cliente será informado de las condiciones meteorológicas, grado de esfuerzo y nivel técnico  que requiere la actividad contratada.

·                El guía se reserva  la decisión de cancelación de la actividad cuando existan causas que pongan en peligro la seguridad de la cordada.

·                El cliente estará obligado a seguir  las indicaciones en materia de seguridad  realizadas por el Guía .

·                Las tarifas de las actividades son fijas  y serán abonadas aunque la actividad sea cancelada por  razones ajenas al guía o por razones  de seguridad.

·                El numero de clientes por actividad  varia en función de la misma y de las condiciones de la montaña.

·               Las presentes condiciones generales están sujetas a lo dispuesto en la Ley 7/1998, 13 de abril, sobre condiciones generales de contratación, al Real Decreto 1906/1999 de 17 de diciembre de 1999, por el que se regula la contratación Telefónica o Electrónica con Condiciones Generales, a la Ley 26/1984 de 19 de julio, general para la defensa de Consumidores y Usuarios, a la ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, a la ley 7/1996 de 15 de enero de Ordenación del Comercio Minorista y a la Ley 34/2002 de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.

·               La contratación de los servicios aquí expuestos requiere necesariamente la aceptación plena y sin reservas de todas y cada una de las condiciones generales de contratación.

·               Las partes reconocen que la legislación aplicable al presente contrato será la del Estado Español.

·               Las partes acuerdan así mismo someterse para la resolución de cualquier controversia, conflicto o reclamación derivada del presente contrato, a los juzgados y tribunales de Jaca, por ser este el lugar de celebración del contrato, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

·               Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse por las partes en relación a las presentes Condiciones Generales deberán realizarse por escrito y se entenderá que han sido debidamente realizadas cuando hayan sido entregadas en mano, o bien remitidas mediante correo ordinario al domicilio de la otra parte o al correo electrónico de ésta.